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Alcaldía de Pitalito decreta ampliación del Pico y Cédula y Confinamiento extremo los fines de semana
La Administración municipal de Pitalito amplió el Aislamiento Preventivo Obligatorio, además de la aplicación y extensión del Pico y Cédula, del Cierre Total del Comercio los fines de semana, entre otras determinaciones.
Medida de Pico y cédula y Cierre Total de Establecimientos los fines de semana están vigentes en Pitalito
La Alcaldía de Pitalito recalca a toda la ciudadanía de Pitalito el respetar y continuar con las medidas establecidas como el Pico y Cédula y el Cierre Total del Comercio, restricciones de movilidad importantes y creadas con el propósito que los ciudadanos eviten el contacto con otras personas y agrupamientos.
Gobierno Municipal insiste en respetar todas las medidas, como Pico y Cédula y Confinamiento Extremo
La Administración Municipal le recuerda a la comunidad laboyana que deberá continuar confinada en su totalidad para este fin de semana del 9 y 10 de mayo.
Pitalito inicia proceso para reabrir de forma autorizada construcción y manufactura
Mediante Decreto 233 del 26 de abril de 2020 Edgar Muñoz Torres, Alcalde de Pitalito dio a conocer las medidas que adopta el municipio frente a las disposiciones nacionales.
A partir de este lunes 27 de abril las empresas y trabajadores de la construcción y manufactura deben iniciar un proceso para reactivación con todos los protocolos de bioseguridad, es decir, no se reactiva de forma inmediata. Este lunes NO se abre el comercio.
Puede ver el Decreto 233 del 2020 completo haciendo click aquí
Se extiende el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas (habitantes, residentes y visitantes) en el Municipio de Pitalito, consistente en permanecer las 24 horas del día en casa, contenido en el decreto municipal No. 142 de 2020, a partir de las cero horas (00:00) del día lunes 27 de abril de 2020 y hasta las cero horas (00:00) del día lunes 11 de mayo de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus y se implementa la hoja de ruta para regular y autorizar por parte de la Administración Municipal, la reactivación gradual de los sectores de la construcción e infraestructura, juegos de azar (virtual) y manufactura, previo cumplimiento a los protocolos específicos de cada sector.
HOJA DE RUTA
1. Cada establecimiento, deberá diligenciar el "formulario de solicitud de cumplimiento de medidas covid-19" y orientaciones mínimas para la formulación del plan de contingencia, las cuales se encuentran habilitados en la pestaña “REACTIVACIÓN ECONÓMICA” de la página web www.alcaldiapitalito.gov.co (a partir del miércoles 29 de abril).
2. De igual manera, cada establecimiento deberá adjuntar el plan de contingencia, cuyas orientaciones se encuentran en el enlace “REACTIVACIÓN ECONÓMICA” de la página web www.alcaldiapitalito.gov.co (a partir del miércoles 29 de abril), y le permitirá acceder a la certificación oficial de funcionamiento.
3. Una vez se diligencie el formulario anterior, la Alcaldía Municipal verificará la debida formulación del plan de contingencia que desarrolla los protocolos de bioseguridad y movilidad segura, y expedirá un certificado de autorización junto con un adhesivo oficial para los establecimientos aprobados.
4. Exclusivamente podrá reiniciar la actividad económica el establecimiento que este identificado con el adhesivo oficial de aprobación, emitido por la alcaldía Municipal. Este deberá estar ser ubicado en un lugar visible para el respectivo control y verificación de las autoridades.
Para la autorización del funcionamiento de establecimientos comerciales relacionados con ejecución de obras de construcción DEBERÁN PRESTAR SUS SERVICIOS AL INTERIOR DEL LOCAL COMERCIAL ACONDICIONADO, bajo el mecanismo de CITA PREVIA y/o en la modalidad de ENTREGA A DOMICILIO.
El funcionamiento de la PLAZA CÍVICA, locales y/o puestos comerciales informales, ubicados en el microcentro del municipio de Pitalito, al igual que las VENTAS AMBULANTES, CONTINUARÁN SUSPENDIDOS por el termino de duración de la medida de Aislamiento Preventivo Obligatorio decretada por el Gobierno Nacional, mediante Decreto 593 de 2020.
Los establecimientos comerciales que inicien sus actividades sin el cumplimiento de los requisitos descritos en este decreto, serán sancionados de acuerdo al numeral 16 del artículo 92 del código de Policía, con la aplicación de la medida de SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD, y demás que se encuentren probadas.
Así mismo la hoja de ruta para regular y autorizar por parte de la administración municipal, la reactivación gradual de los sectores de reparación y mantenimiento de vehículos (talleres, lavaderos, servitecas, montallantas y centros de diagnóstico automotor). Para la autorización del funcionamiento de establecimientos comerciales relacionados con reparación y venta de repuestos para vehículos automotores y medios alternativos de transporte DEBERÁN PRESTAR SUS SERVICIOS AL INTERIOR DEL LOCAL COMERCIAL ACONDICIONADO, bajo el mecanismo de CITA PREVIA y/o en la modalidad de ENTREGA A DOMICILIO.
En consecuencia, ESTÁ PROHIBIDA LA REPARACIÓN MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS EN ESPACIOS PÚBLICOS (andenes, vías y en general, todas las zonas para el uso o el disfrute colectivo).
Los establecimientos comerciales que inicien sus actividades sin el cumplimiento de los requisitos descritos en este decreto, serán sancionados de acuerdo al Numeral 16 del artículo 92 del código de Policía, con la aplicación de la medida de SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD, y demás que se encuentren probadas.
Igualmente, se reitera la aplicación de medida sanitaria PICO Y CÉDULA, por medio de la cual se permitirá la circulación de personas, de manera peatonal o como conductor de su vehículo automotor (motos, carros, camiones, bicicletas eléctricas y mecánicas, y en general cualquier medio de transporte), de acuerdo al último digito de su cédula, y EXCLUSIVAMENTE, para hacer uso de las excepciones a medidas sanitarias para COMPRA DE ALIMENTOS DE CANASTA FAMILIAR, y TRAMITES ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS como se explica a continuación:
Último dígito de Cédula:
| DÍAS | PICO Y CÉDULA |
| LUNES | 1, 2 |
| MARTES | 3, 4 |
| MIÉRCOLES | 5, 6 |
| JUEVES | 7, 8 |
| VIERNES | 9, 0 |
| SÁBADO | DOMICILIOS |
| DOMINGO | DOMICILIOS |
En temas deportivos se autorizar parcialmente el desarrollo de actividad física individual, los días lunes a viernes con duración de una (1) hora diaria, en horario de 5:00 a.m. a 7:00 a.m., para los habitantes del municipio que se encuentren en un rango de edad entre 18 y 60 años, quienes deberán cumplir los protocolos implementados por el INSTITUTO DE CULTURA RECREACIÓN Y DEPORTE DEL MUNICIPIO.
SOBRE ACTIVIDADES FÍSICAS EN ESPACIO PÚBLICO
El tipo de actividad física individual que está permitida es caminar, trotar, correr, montar bicicleta y patinar, sin superar el radio de un kilómetro del lugar de su vivienda. Es necesario el uso permanente de tapabocas, hidratación personal e individual, distanciamiento de 5 metros entre cada deportista.
Por condiciones estrictamente relacionadas con el material en que está elaborado y su riesgo de generación de contagio, se RESTRINGE el uso de parques biosaludables e infantiles, la realización de actividad física grupal, la salida para realizar actividad física a menores de edad y mayores de 60 años.
Los gimnasios, escuelas de formación deportiva y clubes deportivos PERMANECERÁN CERRADOS durante el tiempo de la pandemia por COVID-19; de igual manera, SE PROHIBE la práctica de ciclismo por rutas que superen 1 km.
Se reitera la medida de TOQUE DE QUEDA contenida en el Decreto Municipal 140 de 2020, aplicable desde las 8:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana de todos los días de la semana, y hasta por el tiempo de duración de la cuarentena.
Además, la Secretaría de Salud Municipal, en coordinación con los establecimientos abiertos al público, implementarán un protocolo para la toma de temperatura mediante termómetro infrarrojo a cada una de las personas que acudan a los establecimientos financieros, operadores postales, casas de cambio, operadores de juegos de suerte y azar, apuestas permanentes de chance y lotería, notarías, oficina registro, supermercados, y grandes superficies comerciales.
Pitalito extendió aislamiento preventivo obligatorio
La medida se extenderá durante 14 días a partir de este lunes 13 de abril en todo el municipio. La Galería Minorista de Cálamo, la Galería del Corregimiento de Bruselas y el comercio funcionarán de lunes a viernes y los fines de semana se prestará únicamente el servicio a domicilio.
Administración Municipal regulará con más fervor la circulación de peatones y de vehículos automotores en Pitalito
Tras el éxito de la iniciativa Pico y Cédula con el fin de promover el cuidado de los unos a los otros en el Valle de Laboyos, el Alcalde Municipal Edgar Muñoz Torres convirtió esta propuesta en Decreto para que laboyanos cumplan la medida a plenitud.
Gracias a que las autoridades y la comunidad de Pitalito llevaron a cabo de manera muy responsable la iniciativa del Pico y Cédula, creada por el Gobierno Local mediante la Secretaría de Desarrollo Económico y Competitividad, el mandatario Edgar Muñoz Torres ha establecido el Decreto 163 del 2 de abril del 2020, en el cual las personas podrán salir de forma restringida a hacer sus diligencias en bancos, droguerías o supermercados, entre otros, según el número con el que finaliza su Cédula de Ciudadanía.
Con todo lo anterior dispuesto, la asignación quedó así:
- Lunes: 1,2,7
- Martes: 3,4,6
- Miércoles: 5,9,0
- Jueves: 7,1,8
- Viernes: 9,2
- Sábado: 8,3,6
- Domingo: 0,4,5
Además, el Decreto 163 destaca que los vehículos particulares sólo podrán circular con el conductor, y los vehículos públicos de transporte individual con un solo pasajero. Lo anterior como una estrategia para que así los habitantes de Pitalito comprendan la importancia del aislamiento ante las circunstancias que atraviesa el mundo entero. También hay que tener en cuenta las excepciones consagradas en el Decreto así como las establecidas en la Resolución 385 del Gobierno Nacional.
La decisión fue tomada con el objetivo de que la permanencia en casa sea de carácter obligatorio, y tras el inicio de la Fase de Mitigación declarada por el Gobierno Nacional, se ordena a las autoridades de la Policía Nacional y del Instituto de Tránsito y Transporte (INTRA) la aplicación de las medidas sancionatorias a quienes la incumplan.