Martes, 26 Marzo 2024 13:42

¡Si no hay criaderos no hay zancudos, si no hay zancudos, no hay dengue¡

Valora este artículo
(0 votos)

El alcalde Yider Luna Joven y Yaneth Sofía Ortíz secretaria de salud municipal, realizaron rueda de prensa a raíz de preocupación por brote del dengue, que a día de hoy alcanza cifras alarmantes.
A semana epidemiológica 10 el total de casos son 653, de los cuales 236 son dengue sin signos de alarma; 394 con signos de alarma y 23 casos de dengue grave en el municipio. Las comunas con mayor número de brote son las comunas 1 y 2, las comunas 3 y 4 en menor medida. Hasta el momento se tiene una mortalidad por dengue y 2 posibles casos, se espera resultados del Instituto Nacional de salud.
“Después de realizar las acciones de información, educación, visitas a la comunidad y tratar de formar en varios temas para que nosotros logremos la prevención del dengue se ha tomada la decisión por parte de la administración municipal en articulación con la policía, frente a los comportamientos descritos en el código nacional de policía y se le dará aplicabilidad”, manifestó la secretaria de salud Yaneth Sofía Ortiz.
Debido a que se encuentra reincidencia en varias viviendas, que no toman precauciones para esta problemática social, las medidas sancionatorias respaldadas por el código nacional de policía y convivencia ley 1801 de 2016 numerales 8, 14 y 15 del artículo 111 que expresa " Las disposiciones previstas en la Ley 1801 de 2016, son de carácter preventivo y buscan establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional al propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas".
Así, las sanciones a aplicar por los comportamientos contrarios a las buenas prácticas de convivencia son las siguientes:
Artículo 8 "arrojar basura, residuos, escombros, llantas en el espacio público o en espacios de carácter público o privado tendrán una multa tipo 4 que son 32 salarios mínimos diarios legales vigentes con un valor de $1.386.666.
Artículo 14 "Permitir la presencia de vectores y/o no realizar prácticas adecuadas para evitar la proliferación de los mismos en predios urbanos" multa tipo 2 comprende 8 salarios mínimos diarios legales vigentes un total de $346.666.
Artículo 15 "no permitir realizar campañas de Salud pública para enfermedades transmitidas por vectores dentro de los predios mencionados en el enciso anterior" serán sancionados con 8 salarios mínimos diarios legales vigentes, $346.666.
Se hace el llamado a todos los laboyanos para que acaten la norma y cooperen en las buenas prácticas de convivencia ciudadana y así todos contra el dengue.

Visto 397 veces

Medios