El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo No. 41-551-5645 de fecha 03 de julio de 2020, impuesta al señor EMMANUEL SCARPETTA HURTADO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.929.574.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en la Constitución Política y la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia).
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo No. 41-551-5608 de fecha 14 de julio de 2020, impuesta al señor JULIO ARMANDO PEÑA ROJAS identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.927.666.
El Inspector de Policía Municipal, en uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en la Constitución Política y la ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia) y el Decreto 130 de 2017.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo No. 41-551-5555 de fecha 11 Julio de 2020, impuesta a MERL Y DA YANA ROJAS ROMERO identificada con tarjeta de identidad No. 1.118.469.888, y representada legalmente por su madre LAYRA LUCIA ROMERO PRIETO identificada con cédula de ciudadanía No. 1.092.351.518.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en la Constitución Política y la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia).
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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo 41-551-5227 de fecha 14 de abril de 2020, impuesta a la señora ANGIE PAOLA MOTERO RAMIREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.005.851.025.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo 41-551-5210 de fecha 28 de abril de 2020, impuesta al señor ALCIDES STERLING ARTUNDUAGA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.233.360.
