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PRESUPUESTO
Es la planeación de los ingresos y los gastos que las entidades aprueban para un periodo determinado. Dentro de esta planeación los ingresos deben ser iguales a los gastos. El Presupuesto de una entidad debe permitir el cumplimiento de los objetivos y metas trazadas para el periodo establecido.
PROCESO
Es el conjunto de actos predeterminados por el legislador, encaminados a resolver en el tiempo un litigio que se presenta en virtud del ejercicio de una acción, a fin de dirimir en derecho, el conflicto que se presenta.
PROGRAMA DE AUDITORIA
Conjunto de una o más auditorías planificadas para un período determinado y dirigida hacia un propósito específico.
PROYECTO
Unidad operacional que vincula recursos, actividades y productos durante un período determinado y con una ubicación definida para apoyar el cumplimiento de un programa en el marco de acción establecido por la respectiva unidad de gestión.
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA SUSTANCIAL
Es aquella por la cual el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FORMALES
Aparte de la obligación tributaria sustancial, existen otro tipo de obligaciones formales necesarias para la efectividad del pago del tributo. Están las obligaciones procesales informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias efectuar retención en la fuente.
OFICIO
Es la comunicación escrita expedida por los órganos judiciales, que se utiliza para que se comuniquen con las otras, no judiciales. En otro sentido, puede entenderse como la acción o gestión en favor o en contra de alguien.
OPAS (OTROS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE CARA AL CIUDADANO)
Conjunto de acciones que realiza el ciudadano de manera voluntaria, para obtener un producto o servicio que ofrece una institución de la administración pública o particular que ejerce funciones administrativas dentro del ámbito de su competencia. Se caracterizan porque no son obligatorios y porque por lo general no tienen costo. En caso de tenerlo se debe relacionar el respectivo soporte legal que autoriza el cobro. En la mayoría de los casos estos procedimientos administrativos están asociados con un trámite, ya que de este se pueden generar acciones de consulta, certificaciones, constancias, entre otras, los cuales acreditan el resultado de un trámite.
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Conjunto de acciones político-administrativas y de planificación física concertadas, emprendidas por los municipios o distritos y áreas metropolitanas, en orden a disponer de instrumentos eficientes para orientar el desarrollo del territorio y regular la utilización, transformación y ocupación del espacio, de acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales. El ordenamiento del territorio tiene por objeto complementar la planificación económica y social con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible.
NACIÓN
En Colombia, el término Nación tiene dos acepciones, una para hacer referencia a la población como elemento del Estado y otra, la Nación como persona jurídica de derecho público que representa al nivel central del Estado. v.b.gr. “La Nación, los departamentos y los municipios son personas jurídicas” (artículo 3° del Código de Régimen Departamental).