NOTIFICACIÓN POR AVISO AUTO DE ARCHIVO - OFICINA DE FISCALIZACIÓN - 12 DE NOVIEMBRE DE 2021
EditorQue la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas de Pitalito - Huila, emitió autos de archivo a los contribuyentes que se relacionan a continuación
En consecuencia conforme con lo establecido en el artículo 366 del Acuerdo 051 de 2014 Código de Rentas Municipal en concordancia con el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional, se está notificando por publicación sobre este hecho a:
A todos los que se crean con derecho a intervenir en el proceso de LICENCIA DE CONSTRUCCION en la modalidad de DEMOLICIÓN TOTAL Y OBRA NUEVA, en el predio con nomenclatura C 22AS 2 11 K 2 22A 17 23 S - SOLARTE de Pitalito Huila a nombre de CARINJULIETH CARRILLO NUÑEZ con Radicado N° 41551-0-21- 0736 del 27 de Octubre de 2021.
A todos los que se crean con derecho a intervenir en el proceso de LICENCIA DE CONSTRUCCION en la modalidad de OBRA NUEVA, en el predio con nomenclatura CALLE 7B N. 15E-35 - URB. VILLAS DEL TESORO de Pitalito Huila a nombre de ALBENIS MENDEZ MENESES con Radicado N° 41551-0-21- 0773 del 09 de Noviembre de 2021.
El inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los articulos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la Orden de Comparendo No. 41-551-4069 de fecha 23 de marzo de 2020, impuesta al señor RUBINEL MAGIN MAGIN identificado con cédula de ciudadanía No. 83.161.731
El inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los articulos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la Orden de Comparendo No. 41-551-4068 de fecha 22 de marzo de 2020, impuesta al señor NICOLAS CHAVARRO TRUJILLO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.007.308.111
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia, Decreto 1285 de 2017, Decreto Municipal 379 de 2017 se dispone a decidir sobre la comnutación de una multa, por participación en programa comunitaria o actividad pegagógica de convivencia, impuesta por comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad, concretamente el señalado en el artículo 27, numeral 1, en el marco de la Ley 1801 de 2016.
Más...
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia, Decreto 1285 de 2017, Decreto Municipal 379 de 2017 se dispone a decidir sobre la comnutación de una multa, por participación en programa comunitaria o actividad pegagógica de convivencia, impuesta por comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad, concretamente el señalado en el artículo 95, numeral 1, en el marco de la Ley 1801 de 2016.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia, Decreto 1285 de 2017, Decreto Municipal 379 de 2017 se dispone a decidir sobre la comnutación de una multa, por participación en programa comunitaria o actividad pegagógica de convivencia, impuesta por comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad, concretamente el señalado en el artículo 27, numeral 6, en el marco de la Ley 1801 de 2016.
El inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los articulos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la Orden de Comparendo No. 41-551-4054 de fecha 18 de febrero de 2020, impuesta al señor ARGEMIRO PERAFAN GOMEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 12.262.711
El inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los articulos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la Orden de Comparendo No. 41-551-4050 de fecha 31 de Marzo de 2020, impuesta al señor ARLIN BERNEY ORTIZ CORTES identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.910.446
