Viernes, 08 Octubre 2021 15:27

Al señor JHON JOLMAN CLAROS ESCARRAGA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 12.263.803, accionado dentro del proceso por violencia intrafamiliar con radicado 2021COR36295569, adelamtado a favor de la señora YASMIN MURCIA RODRIGUEZ identificada con la cédula de ciudadanía No. 36.295.569, diligencia que fueron iniciadas mediante auto de fecha 19 de agosto de 2021.

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El suscrito Jefe de Cobro Coactivo de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas del Municipio de Pitalito Huila, teniendo en cuenta la devolución de la citación para notificación personal  y que los deudores no comparecieron a surtir la notificación personal,  de conformidad con el Art. 565 de Estatuto Tributario modificado por el Art 45 de la Ley 1111/06,  y el Art. 568 del E.T  modificado por el Art. 58 del Dto. Ley 012/19, en concordancia con el Art. 359 del Acuerdo Municipal 051/ 14 y el Decreto 772 de 2019 en su Art. 20 y el Art. 243 y s.s. del Código General de Proceso,  se procede a notificar por aviso mediante publicación en el portal web de la Alcaldia de Pitalito Huila; que se emitio auto por el  cual se libra Mandamiento de Pago dentro del proceso de cobro coactivo a favor del Municipio de Pitalito y en contra de los siguientes contribuyentes, poseedores o de los herederos determinados o indeterminados.

Los actos administrativos aquí relacionados se consideran legalmente notificados a partir de la publicación del aviso en el portal web de la Alcaldía de Pitalito Huila.  

Se informa que de acuerdo a lo consagrado en los artículos 830 y 831 de Estatuto Tributario, los términos para interponer las excepciones a que haya lugar en contra de los actos Administrativos notificados por este medio, se contaran a partir del día siguiente a la efectiva publicación de la presente notificación en el portal web de la Alcaldía de Pitalito Huila.

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El suscrito Jefe de Cobro Coactivo de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas del Municipio de Pitalito Huila, teniendo en cuenta la devolución de la citación para notificación personal  y que los deudores no comparecieron a surtir la notificación personal,  de conformidad con el Art. 565 de Estatuto Tributario modificado por el Art 45 de la Ley 1111/06,  y el Art. 568 del E.T  modificado por el Art. 58 del Dto. Ley 012/19, en concordancia con el Art. 359 del Acuerdo Municipal 051/ 14 y el Decreto 372 de 2019 en su Art. 20, se procede a notificar mediante por aviso mediante publicacion en la pagina wen del Municipio de Pitalito, que se expidió  Resolución Administrativa de Deudor Moroso por medio de la cual se liquida y determina una obligación en mora por concepto del Impuesto Predial Unificado en contra de los siguientes contibuyentes.

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Viernes, 08 Octubre 2021 09:41

A todos los que se crean con derecho a intervenir en el proceso de LICENCIA DE CONSTRUCCION en la modalidad de OBRA NUEVA, en el predio con nomenclatura CARRERA 12 N. 12-40 SUR SANTO THOMAS de Pitalito Huila a nombre de URBANIZACION SANTO THOMAS SAS con Radicado N° 41551-0-21- 0605 del 31 de agosto de 2021.

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Viernes, 08 Octubre 2021 09:39

A todos los que se crean con derecho a intervenir en el proceso de LICENCIA DE CONSTRUCCION en la modalidad de OBRA NUEVA, en el predio con nomenclatura CALLE 22ª SUR N. 1-06 / LOTE 5 MAN F – ALTOS DE SAN PEDRO de Pitalito Huila a nombre de CONSTRUCTORA LOMAFER SOLUCIONES INMOBILIARIAS SAS con Radicado N° 41551-0-21- 0576 del 19 de agosto de 2021.

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Jueves, 07 Octubre 2021 17:14

En cumplimiento de lo establecido por el artículo 69 de la Ley 1437 del 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Admnistrativo y de lo Contencioso Administrativo"

Notificar: Respuesta Radicado 2021PQR00021246

Fundamento de Aviso: Imposibilidad de notificar personalmente

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