El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo No. 41-551-4328 de fecha 30 de marzo de 2020, impuesta al señor AROM TRUCHEZ MURILLO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.919.811.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en la Constitución Política, lo dispuesto en el Artículo 222 parágrafo 1 de la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia y el Decreto 130 de 2017, procede el despacho de la Inspección de Policía dentro del término legal señalado por el artículo 222 de la Ley 1801 de 2016.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a las órdenes de comparendo No. 41-551-4316, 41-551-4317, 41-551-4318, 41-551-4319 de fecha 16/05/2020, impuesta a los señores HOYOS TORRES JEISSON ANDRES identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.787.358, MEDINA ARIAS JESSICA ANDREA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.083.925.123, PARRA LOSADA LINA SOFIA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.007.319.291, PERDOMO PALADINEZ DANIEL FELIPE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.922.759.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a las órdenes de comparendo No. 41-551-4316, 41-551-4317, 41-551-4318, 41-551-4319 de fecha 16/05/2020, impuesta a los señores HOYOS TORRES JEISSON ANDRES identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.787.358, MEDINA ARIAS JESSICA ANDREA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.083.925.123, PARRA LOSADA LINA SOFIA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.007.319.291, PERDOMO PALADINEZ DANIEL FELIPE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.922.759.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a las órdenes de comparendo No. 41-551-4316, 41-551-4317, 41-551-4318, 41-551-4319 de fecha 16/05/2020, impuesta a los señores HOYOS TORRES JEISSON ANDRES identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.787.358, MEDINA ARIAS JESSICA ANDREA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.083.925.123, PARRA LOSADA LINA SOFIA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.007.319.291, PERDOMO PALADINEZ DANIEL FELIPE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.922.759.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a las órdenes de comparendo No. 41-551-4316, 41-551-4317, 41-551-4318, 41-551-4319 de fecha 16/05/2020, impuesta a los señores HOYOS TORRES JEISSON ANDRES identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.787.358, MEDINA ARIAS JESSICA ANDREA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.083.925.123, PARRA LOSADA LINA SOFIA ident1ficada con cédula de ciudadanía No. 1.007.319.291, PERDOMO PALADINEZ DANIEL FELIPE identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.922.759.
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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 222, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo No. 41-551-4314 de fecha 17 de abril de 2020, impuesta al señor WILLIAN ALFREDO GUETO VILLAREAL identificado con cédula de ciudadanía No. 1.007.319.231.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo No. 41-551-4313 de fecha 16 de abril de 2020, impuesta al señor JOSE DANILO RIAÑO SANTAMARIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.181.350.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo No. 41-551-4312 de fecha 16 de abril de 2020, impuesta al señor DAVID DANIEL ESPEJO MEDINA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.091.427.754.
El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo No. 41-551-4311 de fecha 16 de abril de 2020, impuesta al señor EDGAR HERNAN BENAVIDEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.984. 779.
