En cumplimiento de lo establecido por el artículo 69 de la Ley 1437 del 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Admnistrativo y de lo Contencioso Administrativo"
Notificar: Respuesta Radicado 2021PQR00006526
Fundamento de Aviso: Imposibilidad de notificar personalmente
Se Informa a los posibles beneficiarios de la sustitución pensional del señor PEREGRINO GALINDO (q.e.p.d) quien se identificaba en vida con Cédula de Ciudadanía No. 1.649.440 expedida en Pitalito (H). quien falleció el día veintisiete (27) de Febrero de 2021 y quien se encontraba como pensionado por parte del Municipio de Pitalito (H).
El Consejo Territorial de Planeación, una vez realizada la revisión general a la propuesta de reformulación del POT de Pitalito, en el marco normativo de superior jerarquía Ley 99/1993, Ley 507/1999, Ley 388/97, decreto 1077/2015 y modificatorios, y decreto 1232/2020, acuerdo 018/2007 POT Pitalito, se encontraron varias observaciones que en su conjunto justifican presentar el siguiente concepto y conjunto de recomendaciones a los documentos y el proceso y que deben ser expuestos por el CTP en calidad de respetuosas observaciones al producto que se ocupe de estudio por parte de la ciudadanía general como de la corporación administrativa Concejo Municipal Local.
POR EL CUAL SE INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA DE RECONSTRUCCIÓN DEL EXPEDIENTE DE APROBACIÓN DEL PLAN PARCIAL DE LA CIUDADELA INDUSTRIAL DEL MUNICIPIO DE PITALITO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
En cumplimiento de lo establecido por el artículo 69 de la Ley 1437 del 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Admnistrativo y de lo Contencioso Administrativo"
Notificar: Respuesta Radicado 2021PQR00003510
Fundamento de Aviso: Imposibilidad de notificar personalmente
En cumplimiento de lo establecido por el artículo 69 de la Ley 1437 del 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Admnistrativo y de lo Contencioso Administrativo"
Acto Administrativo a notificar: Resolución No. 056 del 02 de Febrero de 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DE SOLICITUD DE LICENCIA DE SUBDIVISIÓN RURAL A NOMBRE DE JOSE DEL CARMEN QUINTERO BAJO EL CONSECUTIVO 0560 Y PQR 23355 DEL 19 DE NOVIEMBRE DE 2020".
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En cumplimiento de lo establecido por el artículo 69 de la Ley 1437 del 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Admnistrativo y de lo Contencioso Administrativo"
Notificar: Respuesta Radicado 2021PQR00001976
Fundamento de Aviso: Imposibilidad de notificar personalmente
En cumplimiento de lo establecido por el artículo 69 de la Ley 1437 del 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Admnistrativo y de lo Contencioso Administrativo"
Notificar: Respuesta Radicado 2021PQR00001301
Fundamento de Aviso: Imposibilidad de notificar personalmente
